Doc. 71: Juan Velázquez solicita la comparecencia de varios testigos para informar de la exención del pago del impuesto del servicio de millones a los pintores. Entre ellos figura su hermano Diego
Ynformación que hizo Juan Belázquez, pintor.
Juan Velázquez, pintor residente en esta corte y los demás deste gremio y arte por quien presto voz y caution de rato […] Digo que a mi derecho y de los demás conbiene hacer ynformación de cómo si bien es verdad nos repartieron uno por ciento como a los demás, hasta ahora no se ha cobrado ni cobra ni lo pagamos, aviendo hablado sobre ellos a su Magestad. A Vuestra merced suplico mande se reciba ynformación sobre ello y que interponiendo en ella su authoridad y decreto judicial se mande se nos [de] en pública forma. Pido justicia y hago otro qualquier pedimento que más necesario sea […] Doctor Pedro Gutiérrez de Soto
Auto: Dé ynformación e dada proberá justicia, e la cometió Jusepe de Palomares, escrivano de Su Magestad. El licenciado Barona de Yncilla, teniente de Correxidor lo probeyó e mandó, a dos de nobiembre de mill e seiscientos e veintisiete años.
[Firmas]
Varona
Ante mi, Miguel de Haro.
Ynformación. Testigo.
En la Villa de Madrid, diez y seis días del mes de nobiembre de mill y seiscientos y veinte y siete años, el dicho Juan Belázquez, pintor, para la dicha ynformación presentó por testigo a Angelo Nardi, pintor de su Magestad, vecino desta villa, del qual se recibió juramento en forma de derecho y aviendo jurado y preguntado por el pedimento, dijo que en birtud de lo que su Magestad mandó que se cobrase el uno por ciento de todo lo que se vendiese para el consumo del vellón, los arrendadores que lo arrendaron han hecho diligencia para cobrarlo; en especial, lo an querido cobrar de los pintores desta Corte, los quales acudieron a su Magestad para que no se cobrase dellos el dicho uno por ciento de lo que bendiesen, y ansí los que lo pedían an parado en pedillo y no an cobrado cossa ninguna de ningún pintor hasta oy, ningún pintor y esto es cosa pública y notoria en esta corte y es la verdad por avello bisto para el juramento que tiene hecho e dijo ser de edad de cinquenta y dos años, digo, de treinta y nuebe años poco más o menos y lo firmó.
[Firmas]
Angelo Nardi.
Varona.
Passó ante mí, Joseph de Palomares.
Testigo. En la villa de Madrid, dicho día, mes e año dicho, el dicho Juan Belázquez presentó por testigo a Francisco Jamete, pintor de su Alteza el Ynfante Cardenal, y abiendo jurado y preguntado por el pedimiento, dijo que lo que sabe es que aviendo su Magestad mandado pagar de todo lo que se bendiese uno por ciento, las personas que lo tenían a su cargo acudieron a los pintores desta corte les pagaren el uno por ciento de lo que bendiesen de pintura, los quales se defendieron diciendo que no lo debían y acudieron a su Magestad para que no se cobrara y nunca más an hecho diligencia ninguna los que lo cobran contra dichos pintores y ansí no se ha cobrado dellos como todo lo demás que se cobra en esta corte, y esto es cosa pública y notoria y lo save por avello bisto y es la verdad para el juramento que tiene hecho y dijo ser de edad de cinquenta y dos años y lo firmó de su nombre.
[Firmas]
Francisco Janete.
Varona.
Pasó ante mí, Joseph de Palomares.
Testigo. En la dicha villa de Madrid, dicho día, mes e año dichos, el dicho Juan Belázquez presentó por testigo a Diego Belázquez, pintor de su Magestad, del qual se rrecibió juramento en forma de derecho y aviendo jurado y preguntado por el pedimiento dijo que este testigo save que después que Su Magestad mandó cobrar el uno por ciento de lo que se bendiese, los cobradores acudieron a los pintores desta corte para cobrar dellos el uno por ciento, los quales se defendieron y no quisieron pagallo ni lo an pagado, antes, acudieron a Su Magestad para que lo remediase que no lo pagasen y ansí no lo an pagado como los demás officios y cosas que se benden y esto es cossa pública y notoria y los save por avello bisto y es la berdad para el juramento que hiço y que es de edad de veinte y ocho años y lo firmó de su nombre.
[Firmas]
Diego Velázquez.
Varona.
Passó ante my, Joseph de Palomares.
Auto. En la villa de Madrid, a los dichos diez y seis de nobiembre del dicho año de seiscientos y veinte y siete, el dicho señor licenciado Barona Encinillas, theniente de Corregidor en esta dicha villa, aviendo visto esta ynformación, dijo que mandaba y mandó dar de ella un traslado, dos o más, al dicho Juan Belázquez, signados en manera que haga fee, a los quales se dijo interponía e interpuso su authoridad y decreto judicial quanto ha lugar de derecho y lo firmó de su nombre.
[Firmas]
Varona.
Ante mí, Miguel de Haro.