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Resultados | Doc. 147

Doc. 147: Relación de beneficiados de mercedes de vestidos a cargo de la Cámara, entre ellos figura Velázquez

15 September 1637
Place: Madrid
Location: Madrid, Archivo General del Palacio Real. Reinados, Felipe IV, Casa, leg. 2 de vestuario
Correspondences: VV 68; CV 127
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Señor

Por la relación inclusa, Vuestra Magestad se servirá de ver los vestidos ordinarios y extraordinarios que se dan cada año por su Cámara, y por haberme parecido muchos en número, de que se podrían excusar algunos y reducirse otros á menos valor, diré lo que cada uno se me otrece para que, habiendolo visto Su Magestad, resuelva lo que más fuere de su Real servicio.

A los músicos de Cámara se les comenzaron a dar vestidos de precio de 100 ducados, y en la reformación genenal que se hizo, en que se les baxó á todos la décima parte, quedaron en 90, y en el año 1622 se redujeron á 400 reales, corriendo en esta forma hasta el de 1626 que, por consulta del Duque, volvió a mandar Vuestra Magestad que se les continuase los mismos 90 ducados. Paréceme que se les podría dar de aquí en adelante 80 ducados, que es el respeto que van moderados los demás.

El vestido de Don Enrique Butler, músico, que, conforme á la relación, monta 200 ducados, me parece podría ser calzón y ropilla de terciopelo liso labrado, como lo escogiere, herreruelo de paño, jubón de raso blanco, medias de seda, ligas, sombrero ordinario y espada negra con puños dorados, y que el precio de la espada no pueda esceder de 120 reales.

Cuando se hizo el asiento con Bato Jovenardi, se ajustó con él que se le había de dar un vestido de precio de 100 ducados; paréceme que se le debería guardar su asiento, no siendo Vuestra Magestad servido de mandar otra cosa.

Los vestidos de los barberos y de Diego Velázquez se podrían reducir a 80 ducados, y los de los mozos de la guardarropa a 70 ducados.

A los mozos de retrete se les podrán dar, de aquí adelante, vestidos de a 60 ducados.

Los de los zapateros, que era de 54, me parece que podrán pasar como están.

Los de los escuderos de á pié podrían quedar en 50 cada uno.

A los barrenderos se les dan vestidos de 45 ducados; parece que se les podrían continuar así; y lo mismo á los jardineros del jardín del Emperador y de la Priora; pero podría servirse Vuestra Magestad de mandar que á los jardineros que entraren, en lugar de los que ahora lo son, se les reformen.

El vestido de 72 ducados que se da á Tomás Pinto, por haber sido ayo de Don Antonio, el enano inglés, me parece que se podría reformar desde luego.

El que se le da al destilador, aunque es de los más antiguos, me parece que se reduzca en éste á 80 ducados, y que el primero que entrare se le reforme.

Los vestidos de Frías y su compañero, que tienen á su cargo los lebreles, me parece que se les reduzca ahora a 80 ducados cada uno, y que á los primeros que entraren se les reforme por esta parte, y se les vista por la caballeriza la librea de mezcla.

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A Doña Beatriz de Vargas se le podría continuar, siendo Vuestra Magestad servido, lo mismo que ahora se le da, porque he entendido que su necesidad es muy grande y que en esto consiste su principal sustento.

A Soplillo sería de parecer que se le diese un vestido á su medida de terciopelo, otro de gorguerán y otro de tafetán, ocho camisas y la demás ropa blanca de la persona ajustada á este respeto, pero todo á su medida, y que con lo que certificase el escribano de Cámara, que unido todo esto en dinero, lo puede librar el guardarropa.

A Calabazas se le podrían dar los vestidos que ordenare el Camarero mayor y la ropa blanca que hubiese menester al respeto de ocho camisas, y lo demás se ha de reformar. Y lo mismo se hará con Don Diego de Acedo (El Primo), pero todo á su medida, como queda dicho.

A Lezcano y los demás enanos se les podrían dar los vestidos que ordenare el Camarero mayor ó Sumiller, á la medida de sus cuerpos.

A Andrés Pérez se le ha dado de algunos años a esta parte un vestido, como se dice en la relación, pero me parece que hoy éste sea ordinario, ni se haya de poner en el libro. Y que cuando Vuestra Magestad fuere servido de mandarle alguno, sea sotana, herreruelo y calzones de paño, jubón de olandilla o camuzas, medias de seda, ligas y dos camisas y á todos se ha de tomar la medida por sus cuerpos, y presente el escribano de Cámara, que certificará lo que es menester puntualmente.

A Don Juan de Austria, Bañueles y Ochoa, me parece se les podrá continuar como hasta aquí se ha hecho, sin que tengan cosa fija.

A Don Cristóbal Velázquez me parece se le podría reformar el vestido que hasta aquí se le ha dado algunas veces.

A Cristóbal el ciego se le dará á disposicíón del Camarero mayor o Sumiller, pero como el de Andresillo, cuando se le hubiere de dar.

A Pablo de Valladolid, si se le mandare dar algún vestido, podrá ser de tercíopelo o paño, de las calidades dichas arriba. Y lo mismo á Bautista el del Ajedrez, y, en este caso, se le ha de hacer efectivamente y ponérsele y no andar como ahora.

También se suele dar algunas veces á Nicolás Panela vestido de la calidad contenida en la relación, y en éste me parece lo mismo que en Bautista, en caso que se le mandare dar alguno, y que se le ponga efectivamente.

Y los cuerpos de jubones de estos vestidos podrán ser de aquí adelante de olandas crudas, fustán, lienzo o gamuza, como quisieren.

Cuando Vuestra Magestad mandare dar algún vestido á Alonso Martínez, que no le tiene si no es en este caso, me parece que podrá ser de terciopelo o paño de las calidades referidas arriba, y también las espadas, cuyo precio no ha de exceder de 120 reales, como queda dicho.

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Y sería de parecer que los que entrasen de nuevo en lugar de los que ahora tienen vestidos de merced por orden de Vuestra Magestad, entren sin ellos, y quede este gasto reformado para adelante.

A Da Ángeles de Toledo, de nación turca, y á su madre e hijos, se les han dado por mandado de Vuestra Magestad los vestidos que dice la relación: á mí me parece que al marido y á los hijos varones se les den vestidos de paño, y á ella se le podría dar de terciopelo gorguerán ó raso, y á dos niñas pequeñas unos habitillos de alguna cosa conforme á su edad; y porque los dos hijos mayores la tienen ya y disposición para poder servir, juzgo que sería conveniente que por donde toca les mandase Vuestra Magestad hacer alguna merced para que vayan con más aliento.

Esto es, Señor, cuanto se me ofrece en razón de los vestidos que se dan por la Cámara y forma en que podrían correr adelante. Vuestra Magestad mandará en todo lo que más fuere de su Real servicio.

Del Aposento, 15 de Setiembre de 1637.