Doc. 227: Poder de María del Páramo a Juan Rodríguez de Silva, padre del pintor
Sépasse Por esta Pública scrittura de poder como yo Doña maría de páramo, Viuda de francisco pacheco, que al presente rresido en esta cortte y Villa de madrid, otorgo y conozco Por esta carta que doy todo mi poder cumplido, quan bastante de derecho se rrequiere y es neçessario, A joan rrodríguez de silba, Vezino de la ciudad de seuilla, Para que por mí y en mi nombre y rrepressentando mi Propia perssona administre, rrixa y gobierne la haçienda que yo tengo y tubiere, y por qualquier titulo caussa o rraçón me toque y pertenezca, en la dicha çiudad de Seuilla y otras partes del contorno y juridición della
y en rraçón de la dicha administraçión aga qualesquier scritturas de arrendamientos y obligaçión, por los tiempos y cantidades de maravedís que quissiere, a pagar a los plaços que asentare, y cobre lo que proçediere de los dichos arrendamientos, y pague qualesquier cargas y deudas que ubiere sobre la dicha haçienda, y haga haçer todos los rreparos forçosos y necessarios, con quenta y rraçón, y pague lo que montaren: Y assí mesmo cobre todos otros qualesquier maravedís monedas de plata y oro, pan, trigo, çebada y otros bienes y efectos que se me deuen y deuieren por escrituras de obligaçión y arrendamientos […]
Y otrossí se le doy para que pida y tome quentas a las perssonas que me las deuan dar, nombre contadores Para ellas siendo neçessario y las apruebe y dé por buenas […]
Y otrossí se le doy para en todos mis pleitos y caussas çiuiles y criminales conocidos y por mouer, en demandando y defendiendo […]
lo qual lo otorgo assí ante el esscribano y testigos en la uilla de madrid a veinte y ocho de agosto de mill y seiscientos y quarenta y seis años, siendo testigos juan bernal, joan martínez de moraça y gabriel fanego, Ressidentes en esta cortte, y la otorgante que yo el eSScribano doy fee que conozco, dixo no sauer firmar [y] a su rruego lo firmó vn testigo.
testigo, Juan martínez de moraza.
ante mi, Diego nauarro sotomayor.
