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Doc. 240: Testamento de Juan Rodríguez, padre del pintor

23 de mayo de 1647
Lugar: Sevilla
Localización: Sevilla, Archivo Histórico Provincial, Sección de Protocolos Notariales, leg. 532, ff. 393-394v
Bibliografía: Méndez 1999b
Correspondencias: CV 198b
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En el nombre de Dios, amen. Sepan quantos esta carta de Testamento vieren como yo Juan Rodríguez de Silva, notario mayor del juzgado del señor juez de la iglesia desta ciudad de Sevilla en la collación de san lorenco, estando enfermo y en mi cuerdo juicio […] hago y otorgo mi testamento […] en la forma siguiente

Primeramente encomiendo mi ánima a Dios nuestro señor, a quien suplico perdone mis culpas y pecados […]

Yten quiero que mi cuerpo sea sepultado en la dicha iglesia de san lorenço en la sepoltura y entierro que allí me fuere dada y otorgado a la orden y forma de mi entiero lo remito al parecer de mis albaceas.

Yten mando que el día de mi entierro si fuere ora, y si no que se diga por mi ánima, una misa cantada de requien y se pague la limosna.

Yten mando se digan por mi ánima doscientas missas reçadas, las cinquenta En la dicha iglesia de san lorenço por forma y las demás en las iglesias y monesterios que pareciesen a mis albaceas.

Yten mando a las cofradías del ssantísimo sacramento y venditas almas de purgatorio de la dicha iglesia de san lorenço a cada parte dos reales, y a las mandas pías lo acostumbrado.

Yten declaro que devo al ospital del cardenal desta ciudad trecientos y treinta y tres reales por la renta de un tercio, que se cumplió a fin de abril deste año de mil e seiscientos quarenta y siete, de las casas en que vivo que tiene de por vida Diego Velásquez mi hijo ayuda de cámara de su magestad.

Yten declaro que devo al ospital del amor de dios desta ciudad ciento y sesenta y seis reales del tercio primero del mes de abril desde dicho año de la renta de las casas que tiene de por vida de dicho ospital doña María Páramo, que son en esta ciudad en la collacion de san miguel en la calle del puerco las que yo e administrado en virtud del poder de la dicha da María Páramo.

Yten mando se ajuste la quenta con la dicha doña María Páramo de lo que yo e que cobrado de las dichas casas y de lo della […]

Yten declaro que yo tube en mi casa a Juan Velázquez, mi hijo, y a da María de la Cueva su mujer y a sus hijos en mi casa por más tiempo de diez años; y los sustenté y alimenté, y les di casa en que vivieron todos el dicho tiempo sin gastar en cosa alguna de sus bienes, en que gasté en cada un año los dichos alimentos y casa les di y en bestir a sus hijos mas de ciento y cinquenta ducados cada un año, declaro así por descargo de mi conciencia y porque se baje y desgrave la cantidad a Xpbal de la Cueva, mi nieto hijo de los susodichos, y los traigo a collación y partición con los demás de mis hijos y erederos […]

Yten declaro que al tiempo que se cassó da Francisca Velázquez, mi hija ligítima, con Carlos de Santamaría su marido, que abrá tres años poco mas o menos, le di para su casamiento lo que pareciere por la carta de dote que pasó ante Mateo de Almonacid escribano Público de ssevilla, todos los quales dichos vienes que le di por la dicha carta de dote son los que están en las casas de mi morada, respecto de que los susodichos an vivido y están en mi cargo; y así mismo los e sustentado y alimentado [por] tiempo de tres años […] declárolo así para conste dello.

Yten conformándome con las leyes destos reinos desde luego [dejo] mejor e por mejorada a la dicha da Francisca Velazquez, mi hija, mujer lixitima del dicho Carlos de Santamaría en éste y remanente doy quinto de mis vienes muebles e raíces, deudas y

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acciones, por el amor que la tengo y por aberme sido obediente y acudídome a todas mis necesidades y enfermedades y por que a desde mi viudedad […]

Yten declaro que para executar y cumplir con mi testamento nombro por mis albaceas a Carlos de Santa María y a don Diego Carrillo, clérigo presbítero desta ciudad

Yten mando a doña ynés luisa, mi sobrina, de edad de diez años, quatro sillas negras de vaqueta y una media cama de madera colorada y dorada; y cien reales de plata. los cuales se entreguen a da María de Saravuia, su madre.

Yten mando que todos mis bienes muebles sean sacados a subasta pública. Nombro por herederos universales a Diego Velázquez, ayuda de cámara de su majestad, y a da Francisca Velázquez, [mis] hijos legítimos, y a Cristóbal de la Cueva, mi nieto hijo legítimo de Juan Velázquez, difunto, y María de la Cueva […].

[Al margen izquierdo] testamento de juan Rodrígues de silba, entregué el testamento a la de en pliego de sello primero en veinte y cinco de junio de 47.